Última actualización: 28 febrero, 2024
El Parlamento catalán aprobó ayer la ley de prevención del desperdicio alimentario, en origen y a lo largo de toda la cadena alimentaria desde de la producción primaria hasta el consumidor final.
Como en todos los demás procesos de la alimentación, en el despilfarro también habrá que seguir una serie de medidas de seguridad. Las temperaturas de conservación en los alimentos frescos deberán ser de 4º, y en los congelados, de -18º nos explica Lluís Riera, director de la consultoría en seguridad alimentaria SAIA.
La fecha de caducidad es primordial respetarla. Nunca congelar un producto una vez ha caducado. Es importante diferenciar entre la fecha de caducidad y la de consumo preferente. La fecha de consumo preferente se refiere a la pérdida de calidad prevista por el fabricante, nos cuenta Riera. Es decir, en un alimento en el que la fecha de consumo preferente ha pasado, el alimento sigue siendo seguro pero pierde las características organolèctiques. Ahora bien, la fecha de caducidad se refiere a la fecha a partir de la cual se indica que ya no es seguro comer el producto.
Los alimentos, que hay que tener más vigilancia son los productos de consumo en crudo o cocciones bajas. Serán difíciles de reaprovechar. Por lo tanto, siempre hay que vigilar con la cantidad que se adquiere, de entrada, y en todo caso se podrán congelar siempre que no hayan superado la fecha de caducidad nos cuenta indica Riera.
El pescado, la carne, alimentos derivados, y diferentes cocciones (ahumados, marinados), pasteles con huevo o con crema no pasteurizada, salsas con huevo crudo o tortillas elaboradas con huevo fresco no serán recomendables de reaprovechar. Ni tampoco lo serán los alimentos que hayan sido expuestos en un buffet, tanto calientes como fríos, nos cuenta Riera.
Según Lluís Riera, director técnico de SAIA, consultoría en seguridad alimentaria:
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